0
Esta web utiliza cookies, puedes ver nuestra política, aquí Si continuas navegando, estás aceptándola    

Área Fiscal

Grupo Hablemos

Modelos a presentar

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Rapidez
El IRPF es olbigatorio presentarlo, no pierdas tiempos con borradores, contacta con Grupo Hablemos te resolveremos el trámite en menos de lo que tu esperas

Comunicación
Cuéntanos exactamente todos tus problemas para resolver el trámite, también ofrecemos un servicio de asesoramiento para que puedas comprender todo.

Precios Competentes
En Grupo Hablemos realizamos todos los procesos mencionados a un precio increíble, ponte en contacto con nosotros para más información.

Tranquilidad Absoluta
Al contratar a un asesor te garantizas dejar en manos de un profesional una obligación que no permite fallos.



Esta infracción no tiene lugar cuando el obligado regularice su situación tributaria sin requerimiento previo (artículo 27 de la LGT) o presente la autoliquidación en plazo voluntario pero sin ingreso, pues en este último caso se inicia el periodo ejecutivo.

Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación
Agencia Tributaria

Se aplica a los casos en que, en vez de autoliquidación, el obligado debe presentar declaración y es la Administración la que liquida (como, por ejemplo, en el impuesto sobre sucesiones en aquellas comunidades autónomas en que así esté permitido). La calificación como leve, grave y muy grave y las sanciones son las mismas que en el artículo 191 referido a la autoliquidación.

Infracción tributaria por incumplir la obligación de presentar de forma completa y correcta declaraciones o documentos necesarios para practicar liquidaciones (artículo 192)
Agencia Tributaria

Se aplica a los casos en que, en vez de dejar de ingresar, se obtienen indebidamente devoluciones. La calificación como leve, grave y muy grave y las sanciones son las mismas que en el artículo 191 referido a la autoliquidación. La base de la sanción será la can- tidad devuelta indebidamente como consecuencia de la infracción.

Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones (artículo 193)
Agencia Tributaria
Modelos a Presentar

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Rapidez
El IRPF es olbigatorio presentarlo, no pierdas tiempos con borradores, contacta con Grupo Hablemos te resolveremos el trámite en menos de lo que tu esperas

Comunicación
Cuéntanos exactamente todos tus problemas para resolver el trámite, también ofrecemos un servicio de asesoramiento para que puedas comprender todo.

Precios Competentes
En Grupo Hablemos realizamos todos los procesos mencionados a un precio increíble, ponte en contacto con nosotros para más información.

Tranquilidad Absoluta
Al contratar a un asesor te garantizas dejar en manos de un profesional una obligación que no permite fallos.